Este proyecto, que hoy fue aprobado en Comisión V de Cámara, es un gran avance para la protección de mares y océanos de la contaminación plástica, y una muestra que sí se pueden lograr consensos entre partidos diversos.
Tras un trabajo de investigación de los impactos de la contaminación plástica en Colombia y el mundo con el apoyo técnico de Fundación Marviva fuimos conscientes de la urgencia en tomar medidas legislativas para reducir el consumo de plásticos, especialmente los de un sólo uso que son los que más se desechan y contaminan playas y océanos.
Ante esta problemática y a pesar de que encontramos que el reciclaje es útil pero insuficiente, el foco debe estar en reducir la producción y el consumo, pues consumimos más de lo que podemos reciclar.
Durante el año 2019 y a partir de este trabajo previo con la Fundación Marviva, dimos inicio a la construcción de nuestro proyecto de ley para prohibir algunos plásticos de un sólo uso tras un proceso de sustitución gradual, que se implementará a través de una política pública.
Radicamos en Senado y logramos acumular 6 proyectos de ley sobre plásticos con diferentes enfoques pero una misma finalidad. Confluimos los partidos Alianza Verde, Centro Democrático, Cambio Radical, La U, Polo, Decentes, Justas Libres y Farc. Desafortunadamente el proyecto no alcanzó a ser debatido por lo que fue archivado en julio de 2020.
Sin embargo, y dada la importancia de este proyecto y el gran trabajo y esfuerzo multipartidista de años atrás, en julio de 2020 radicamos en la Cámara de Representantes junto a los autores y ponentes de Senado la propuesta unificada.
Allí logramos unir esfuerzos entre el proceso de Senado y el proceso adelantado en la Cámara por los representantes liberales Juan Carlos Lozada y Harry González quienes también proponen un proyecto de prohibición de plásticos de un sólo uso, que finalmente se acumuló con el nuestro y logramos ahora un 7 proyecto adherido a esta gran causa.
Por la cual se prohíbe en el territorio nacional la fabricación, importación, exportación, comercialización y distribución de plásticos de un solo uso y se dictan otras disposiciones.
Proyecto de Ley número 010 de 2020 Cámara.
Por medio de la cual se establecen medidas tendientes a la reducción de la producción y el consumo de plásticos de un solo uso en el territorio nacional, se regula la sustitución gradual mediante alternativas reutilizables o biodegradables, y se dictan otras disposiciones.
Acumulado con el Proyecto de Ley número 274 de 2020 Cámara.

Estos son los plásticos de un solo uso que dentro del texto aprobado hoy en Comisión Quinta de Cámara, estarían prohibidos entre el 2025 y 2026.
- Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías.
- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
- Rollos de bolsas vacías para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos.
- Rollos de película extensible para el empaque de alimentos a granel.
- Envases, recipientes y bolsas para contener líquidos.
- Platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.
- Mezcladores y pitillos para bebidas.
- Soportes plásticos para las bombas de inflar.
- Rollos de película extensible y de burbuja utilizados como envoltura con que se protegen objetos que se van a transportar dentro del territorio nacional;
- Envases y recipientes para contener o llevar alimentos de consumo inmediato.
- Láminas o manteles para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato.
- Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón;
- Plásticos utilizados en el sector de la construcción para protección de vidrios, puertas, baldosas y accesorios de baño.