A pesar de no existir una definición oficial y legislativamente aceptada de pasivo ambiental en nuestro país, según el informe más reciente conocido por el Congreso en (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2018),Colombia la situación referente a los pasivos ambientales se encuentra en una etapa inicial, con una gran cantidad de definiciones propuestas por diferentes autores. La definición consignada en el mencionado documento afirma que:
Los pasivos ambientales son los impactos ambientales negativos ubicados y delimitados geográficamente, que no fueron oportuna o adecuadamente mitigados, compensados, corregidos o reparados; causados por actividades antrópicas y que pueden generar un riesgo a la salud humana o al ambiente.
El país tiene un total de 5111 áreas con sospecha de constituir un pasivo ambiental
Según información aportada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible actualmente para el país en materia de pasivos ambientales existe un listado de “sitios de sospecha para configurarse como pasivo ambiental”, pero aún no hay claridades en su identificación, magnitud y responsable; es decir, esta lista no ha sido validada en territorio por tanto no se sabe a ciencia cierta el tipo y la magnitud de los daños que se han causado.
De acuerdo con este listado, el país tiene un total de 5111 áreas con sospecha de constituir un pasivo ambiental. La distribución por actividad se presenta para minería, hidrocarburos y contaminación por residuos sólidos, exclusivamente.
Por ejemplo, en el caso de la minería se reportan un total de 1842 eventos, siendo los departamentos de Norte Santander, Boyacá y Cauca los que más reportan sospechas de pasivos. Por su parte, la actividad petrolera reporta 1338 sitios con sospecha principalmente en los departamentos de Norte de Santander, Santander y Nariño. Finalmente, el reporte de residuos sólidos muestra 1281 eventos concentrados principalmente en los departamentos de Antioquia, Boyacá y Nariño.
Por medio de la cual se establecen la definición oficial, la tipología y los mecanismos para la gestión de pasivos ambientales en Colombia y se dictan otras disposiciones.
Por su parte, en lo que a política pública se refiere, desde la Ley 1151 de 2007, por la cual se dicta el Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010 “Estado Comunitario: desarrollo para todos”, en la sección “Prevención y control de la degradación ambiental” se propuso la necesidad de elaborar una propuesta metodológica para identificar y gestionar los pasivos ambientales, y fue nuevamente incluido mediante la Ley 1753 de 2015 del Plan de Desarrollo “Todos por un nuevo país” (2014-2018).
En este último se planteó nuevamente formular una política para la gestión de los pasivos ambientales, y que proponía, entre otras cosas: establecer una única definición de pasivos ambientales, establecer los mecanismos e instrumentos técnicos, jurídicos y financieros para la gestión y recuperación de los pasivos ambientales e incluir un plan de acción a corto, mediano y largo plazo.
Ante el poco avance en esta materia, la gestión de pasivos ambientales quedó incluida en el Objetivo 2 del reciente Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022.
Con este, ya son tres periodos consecutivos dando prioridad a un tema fundamental en materia ambiental y social en el país, y los resultados no se ven puesto que no existe aún una definición oficial por parte del MADS, no hay claridad en la identificación y caracterización de pasivos ambientales en el país, no existe una política pública en esta materia, y peor aún, el Gobierno impulsa los proyectos mineros de metálicos a gran escala y a la técnica del fracking como grandes gestas para la recuperación económica, ignorando que estas traerán nuevos daños y pasivos ambientales, sin haber subsanado la deuda ambiental del pasado.
Por lo anterior, consolidar una única definición de los pasivos ambientales mediante Ley de la República, permitirá tener un “marco de referencia” acerca de las acciones, responsabilidades y obligaciones de las autoridades, así como asignar la responsabilidad y obligaciones de actores vinculados con la generación, atención y gestión de los pasivos ambientales en todo el territorio nacional.
¿Por qué es importante este proyecto?
- Mediante esta Ley se podrá concertar una definición única de “pasivos ambientales” en Colombia, lo cual ha resultado ser un conflicto en temas jurídicos referentes a los pasivos ambientales, debido a la ambigüedad existente alrededor del término.
- Mediante la creación de la normatividad específica, referida a los pasivos ambientales, se previenen afectaciones serias y prolongadas en el tiempo para el medio ambiente, la biodiversidad, los servicios ecosistémicos, la salud de comunidades humanas y el desarrollo económico de las regiones donde se realizan los proyectos mineros.
- Es de vital importancia la creación de la Comisión Intersectorial para la Gestión de Pasivos Ambientales dedicado a regular, coordinar, orientar y direccionar los pasivos ambientales pasados (pasivos ambientales huérfanos), actuales y futuros. Esto, teniendo en cuenta el elevado número de reportes de casos de pasivos ambientales en el país y que gran porcentaje de estos es referido a pasivos ambientales huérfanos.
- Mediante la regulación prevención y reglamentación de los pasivos ambientales en Colombia, se previene la irresponsabilidad técnica y financiera frente a las consecuencias ambientales en el territorio, que tienen efectos directos a la salud, economía, sostenibilidad y conservación de la biodiversidad y servicios ecosistémicos. De esta manera se le quita un peso de encima al estado al tener que hacer frente a consecuencias sociales y ambientales que fueron abandonadas por algún proyecto, lo cual ha sido recomendado incorporarlo al marco normativo por la CGR.
- Este proyecto de ley hace frente a la necesidad urgente de reglamentar los pasivos ambientales en el orden jurídico nacional, como lo han postulado La Contraloría General de la República -CGR-, la Universidad Externado de Colombia y la Evaluación Ambiental Estratégica –EAE.
- Mediante el Fondo de Pasivos Ambientales en el Sistema Nacional de Regalías y la Subcuenta de Pasivos Ambientales en el Fondo Nacional Ambiental se reglamenta la financiación para los pasivos ambientales, haciendo frente al problema financiero proveniente de los pasivos ambientales y su mitigación.