
Pusimos una acción de cumplimiento al Tribunal de Cundinamarca y ¡GANAMOS! el Tribunal ORDENA al gobierno cumplir su plan de desarrollo art 135: Las entidades contratantes tienen que descontar a mes vencido la seguridad social de los contratistas de prestación de servicios. ¡No más préstmos para pagarla antes de la cuenta de cobro! Primero el pago y después la seguridad social.
Este 23 de julio la Presidencia de la República expidió el Decreto 1273 de 2018 que reglamenta el pago de seguridad social para contratistas al mes vencido.