Aquí esperamos resolver las dudas más frecuentes sobre la legislación y los problemas al realizar el trámite de la libreta militar. También puedes exponer tu caso al final, en caso de tener algún problema o una duda adicional sobre este tema.
1. ¿Cuál ley prohíbe la exigencia de libreta militar como requisito de grado?
La ley 1738 de 2014 en su artículo segundo prohibió expresamente a todas la Universidades del país exigir la libreta militar y además impone sanciones a quien incumpla esta prohibición, las cuales puede ir hasta la destitución de cargo: “Ninguna institución de educación superior podrá exigir como requisito para obtener título de pregrado presentar libreta militar. La autoridad civil o militar que desconozca la presente disposición incurrirá en causal de mala conducta sancionable con la destitución”
2. ¿Cuándo entró a regir la ley 1738 de 2014?
La ley 1738 de 2014 entró a regir el pasado 18 de Diciembre de 2014 cuando fue insertada en el Diario Oficial 49.369. Así las cosas, ninguna universidad puede exigir libreta militar como un requisito de grado después del 18 de diciembre de 2014, sin importar que el estudiante haya cumplido los demás requisitos para el grado, antes o después de la vigencia de ésta ley.
3. ¿Pueden exigir libreta militar para ingresar a la educación superior?
¡No! El decreto-ley 2150 de 1995 eliminó el requisito para matricularse a las universidades y además la Corte Constitucional en una reciente sentencia recordó a las Universidades del País, que no pueden exigir dicho documento para formalizar las matrículas.
4. ¿Para qué se puede exigir la libreta militar?
Conforme al artículo 36 de la Ley 48 de 1993, Las Autoridades públicas únicamente pueden exigir la libreta militar para:
1. Celebrar contratos con el Estado.
2. Tomar posesión en Cargos Públicos.
5. ¿Se puede exigir la libreta militar para vincularse laboralmente en el sector privado?
¡No! Sólo se puede exigir la libreta militar para las vinculaciones laborales con el Estado. En los demás casos, no es requisito exigir la libreta militar para celebrar contratos laborales en el sector privado.
6. ¿Quiénes están exentos de prestar el servicio militar obligatorio?
Según la Ley 48 de 1993 y la jurisprudencia de la corte constitucional están exentos:
1. Los no aptos.
2. Los indígenas que convivan en sus territorios.
3. Hijo único.
4. Clérigos o religiosos de cualquier confesión reconocida por Colombia.
5. Quien hubiere perdido los Derechos Políticos.
6. Huérfano de padre o madre que mantenga a sus hermanos incapaces.
7. Hijo de padres incapacitados o mayores de (60) años, cuando éste se encargue de su subsistencia.
8. Hermano o hijo de quien haya muerto o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate.
9. Las personas casadas o con unión marital de hecho.
10. Inhábiles relativos o permanentes.
11. Los padres de familia.
La iniciativa de la representante a la Cámara Angélica Lozano beneficiará a millones de estudiantes que actualmente cursan diversas carreras, Esto dijo la congresista:
“Logramos derribar una barrera y una injusticia que afecta a los jóvenes de Colombia. Las familias en situación de deuda y con mucho esfuerzo pagan el estudio de sus hijos, sumado al trabajo de los jóvenes de terminar sus materias y proyectos de grado, para encontrarse con la injusticia de no poder graduarse por no tener libreta militar….todos nuestros jóvenes sin ningún requisito, podrán acercarse a su universidad y exigir su grado, ya no necesitan libreta militar para que esto sea un hecho.
Lo de fondo es acabar con el servicio militar obligatorio, necesitamos a los jóvenes hombres y mujeres, prestando un servicio social, construyendo país, construyendo posconflicto, sirviendo a las instituciones y a los municipios, en un trabajo social y no militar.
Vamos a trabajar para eliminar el odioso requisito que hace que hoy quien no tenga libreta militar, no pueda acceder a un trabajo o a un contrato con el sector público. Esta es una injusticia terrible, porque además de no poder acceder a un trabajo, no tiene como pagar la libreta militar. Hoy la libreta militar se ha convertido en un negocio y control político es el que vamos a ejercer; para determinar a dónde va la plata y con qué criterio se establecen los montos de compensación por la libreta militar. Esto es un circulo vicioso que afecta a los jóvenes y los condena a la pobreza”.