Esta ley tiene por objeto consagrar la adopción de los documentos tipo y de esta forma que estos sean referente obligatorio para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Con ello se busca garantizar que el régimen de contratación estatal se rija por principios de selección objetiva y transparencia.
Los documentos tipo son condiciones estándar referidas a los requisitos habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia, de conformidad con cada modalidad de selección, naturaleza y cuantía de los contratos estatales.