Muchas personas que se quedaron lejos de sus familias y redes de apoyo social buscan regresar a sus hogares. ¿Cómo podríamos hacerlo de una forma segura, garantizando un retorno humanitario organizado entre distintas regiones? Más de 11.500 personas llenaron el formulario que publicamos en nuestras redes para conocer más de cerca la situación y los casos de las personas que quedaron atrapadas en otra ciudad durante el Covid-19. Hemos puesto la información de las rutas más concurridas a disposición del Ministerio de Transporte y el Centro de Logística y Transporte. Así mismo, presentamos las respuestas que ofrece el Ministerio de Transporte y el Centro de Logística para las personas que quedaron atrapadas.
Sólo las personas que acrediten que cumplen con las excepciones para el Aislamiento Preventivo Obligatorio pueden viajar a otros municipios
¿Puedo viajar a otros municipios?
Sólo las personas que acrediten que cumplen con las excepciones para el Aislamiento Preventivo Obligatorio pueden viajar a otros municipios, para lo cual deben tener la documentación necesaria. No existe un permiso ni salvoconducto para viajar, solamente deben acreditar la excepción y cumplir con los protocolos del Ministerio de salud.
¿Qué medios están habilitados para viajar?
Las personas pueden utilizar, entre otros, el transporte particular, el transporte público intermunicipal y el transporte especial siempre que acrediten el cumplimiento de la excepción.
¿Cómo puedo viajar por transporte intermunicipal?
Existen dos canales para acceder al transporte intermunicipal:
- Directamente con las empresas transportadoras que ofrezcan la ruta disponible, quienes requerirán documentos para verificar la excepción e informarán al terminal para el cumplimiento de protocolos.
- Las terminales de transporte a través de los canales que se han habilitado para estas solicitudes, quienes requerirán documentos para verificar la excepción y coordinarán la venta de tiquetes.
Cabe resaltar que la documentación deberá ser portada durante todo el viaje.
¿Existen canales del Ministerio para verificar la excepción?
El Ministerio de Transporte ha dispuesto un formulario para las personas que ya saben cuando y por qué medio van a viajar, disponible en la página . El formulario es opcional y busca ayudar a verificar el cumplimiento de las excepciones cuando haya dudas, pero no se trata de un permiso, ni reemplaza los documentos que soportan estar cobijado por una excepción.
En el transporte intermunicipal las empresas son responsables de prever estas situaciones y el viajero de contar con los debidos soportes, en caso de que sean requeridos por las autoridades durante el recorrido.
¿Puedo viajar en mi carro particular?
Los carros particulares, además de acreditar la excepción con documentos y cumplir los protocolos de bioseguridad, deben planificar previamente la ruta que van a seguir, teniendo en cuenta las restricciones de entrada y salida de los municipios por los que van a pasar. Dentro de esas medidas dispuestas por alcaldes y gobernadores se encuentran cierres de fronteras departamentales, restricción de entrada a municipios no covid, pico y placa, entre otras.
Una vez acreditada la excepción ¿Qué medidas de bioseguridad debo tomar para viajar?
Tanto para el transporte público como el transporte particular se deben cumplir el protocolo dispuesto por el Ministerio de Salud mediante la Resolución 677 de 2020, dentro de las que se destaca la planificación de la ruta, mantener una distancia de 1 metro entre pasajeros, el uso de tapabocas y la adecuada ventilación del vehículo, entre otras.
¿Cuáles son las situaciones en las que se permite viajar?
Para poder viajar se debe acreditar que se encuentra dentro de las 46 excepciones del Decreto 636 de 2020. Deberán demostrarlo por medio de un documento que acredite o identifique a la respectiva persona dentro de las excepciones. En estos casos está permitido usar el transporte intermunicipal ofertado por empresas debidamente inscritas en los terminales.
Un par de ejemplos de las excepciones que permiten viajar a otro municipio:
1.Fuerza Mayor o caso Fortuito. Aplica para las personas que se trasladaron a un municipio diferente al de residencia para cubrir necesidades u obligaciones y no pudieron retornar a sus hogares.
¿Cómo probarlo? Puedes portar un recibo de servicio público, contrato de arrendamiento, RUT o guía de correspondencia, entre otras, que acredite que vives en otro municipio.
2. Asistencia y cuidado de familiares. Se permiten los traslados necesarios para la asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos.
¿Cómo probarlo? Puedes portar tu registro civil de nacimiento o el de tus hijos según el caso, documentos de identidad, historia clínica, órdenes médicas, entre otros que acrediten la necesidad de viajar para asistir o cuidar a las personas incluidas en la excepción.