Proyecto que adiciona reglas de transparencia al Decreto Legislativo 444 de 2020. “Por el cual se crea el Fondo de Mitigación de Emergencias –FOME y se dictan disposiciones en materia de recursos, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”
Buscamos hacer efectivo el “Principio de la divulgación proactiva de la información”, principio clave para construir confianza en estos momentos de crisis. En esta época de pandemia es necesario defender la claridad, es decir, el acceso a la información y la transparencia gubernamental, razón por la cual es clave realizar una descripción de la distribución de los recursos de la pandemia que incluyan una evaluación de los avances.
Aquí puedes consulta el PL completo:
¿En que se gasta el dinero destinado al COVID?
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentará, a más tardar el 31 de diciembre del presente año, un plan detallado del uso de los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME, y de todos los demás recursos apropiados en el marco del estado de emergencia hasta que la misma finalice, donde se deberá:
– Desglosar el uso planeado de los recursos año por año, entidad por entidad, y programa por programa.
– Por cada programa se deberá incluir una justificación acerca de qué lo hace necesario y cómo aporta a la mitigación de la emergencia.
– Las asignaciones de recursos a cada programa no se podrán modificar sin aprobación del Congreso de la República.
“El derecho de acceso a la información no radica únicamente en la obligación de dar respuesta a las peticiones de la sociedad, sino también en el deber de los sujetos obligados de promover y generar una cultura de transparencia, lo que conlleva la obligación de publicar y divulgar documentos y archivos que plasman la actividad estatal y de interés público, de forma rutinaria y proactiva, actualizada, accesible y comprensible, atendiendo a límites razonables del talento humano y recursos físicos y financieros.”[1]
Coincidimos en que es necesario tomar medidas inmediatas y conseguir recursos para apalancar la atención de la pandemia, sin embargo, es clave propender porque exista un acceso pleno a toda la información que sustente las reglas de uso de los recursos y se garantice la idoneidad de la ejecución de los mismos, tomados para fondear el FOME y los demás fondos para financiar la pandemia.
En el análisis desarrollado por el Observatorio fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana, se determinó que:
“…..si bien en declaraciones recientes se ha afirmado que el Gobierno está destinando el 11% del PIB a las necesidades de la pandemia, en realidad el 6% del PIB son garantías de créditos, no recursos gastados en atención a la emergencia. La principal fuente de recursos que verdaderamente pueden constituir un gasto son los que están centralizados en el Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME, que asciende al 2,4% del PIB. Es distinto tener recursos a la mano para cuando se necesiten, que es en lo que consiste el FOME, que realmente gastarlos en la emergencia. A la fecha, los traslados del FOME y otras fuentes a distintas entidades del Gobierno para la atención a la pandemia son $3,9 billones o 0,37% del PIB. Nuevamente, es distinto trasladar recursos entre entidades que realmente gastarlos.
Así, encontramos que la totalidad de los contratos firmados por el Ministerio de Hacienda y otras entidades es de apenas $2,7 billones o 0,25% del PIB”.
[1] Observatorio fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana. La transparencia en el uso de los recursos para atender la emergencia. “Análisis sobre la transparencia en la disposición y destinación de los recursos públicos destinados a atender la Emergencia sanitaria causada por la pandemia del COVID – 19. Informe #11 21 de junio de 2020.
En efecto “no exista un plan de gasto detallado que de cuenta de los recursos que para la respuesta a la pandemia que pueda ser conocido por el público, y que la única fuente a través de la cual la ciudadanía puede enterarse de los planes del gobierno sean declaraciones casuales de funcionarios, en las cuales el gasto se desglosa:
- A grandes rasgos y de manera cambiante.
- Sin que el desglose sea legalmente vinculante.
- No peso a peso, sino por billones o decenas de billones de pesos”
Aquí puedes ver el informe completo del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana: