El fallo de la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, definió la ruta para la salvación del río Bogotá, busca sentar las bases de su descontaminación definitiva.
En este fallo se establece un plazo de tres años, para ejecutar 87 órdenes que involucran acciones por parte del Distrito Capital, 19 entidades de orden nacional y 45 municipios de Cundinamarca que conforman la cuenca, desde su nacimiento en el páramo Guacheneque localizado en el municipio de Villapinzón, hasta su desembocadura en el Río Magdalena en el municipio de Girardot.
Adicionalmente, declara responsables por acción o por omisión de la contaminación, a los habitantes de la cuenca y algunas empresas privadas, quienes han efectuado descargas de aguas residuales históricamente en el río. El plan de descontaminación del río incluye obras hidráulicas con un costo estimado de $6 billones de pesos, además de la articulación interinstitucional e integración de instrumentos de gestión, planeación, financiación y monitoreo.
De acuerdo con el diagnóstico del Consejo de Estado se identificaron tres causas que han contribuido al desarrollo de la problemática del río:
- No existe una política única en relación con la recuperación del río Bogotá, debido a la falta de coordinación y liderazgo del Sistema Nacional Ambiental, sumado a la diversidad de modalidades de intervención y entrecruzamiento de las competencias entre las entidades para la gestión del agua.
- Existe dispersión de recursos y esfuerzos en materia de información, planeación, gestión, proyectos, y recursos tecnológicos, financieros y humanos. Acompañado por una precaria integración y coordinación interinstitucional entre los niveles nacional, regional, distrital y municipal para la cooperación de la planeación de recursos, elaboración de inspecciones, visitas, monitoreo y sanciones ambientales ejemplarizantes para los actores contaminadores.
- El incumplimiento de la normatividad ambiental existente a lo largo de la cuenca, por ejemplo el vertimiento ilegal de aguas residuales por parte de agroindustrias y actividad mineras.
SOLUCIÓN INTEGRAL PLANTEADA PARA LA CUENCA DEL RÍO BOGOTÁ
- Articulación interinstitucional e integración de instrumentos de gestión, planeación y observación.
- Integración de instrumentos financieros, técnicos y de monitoreo.
- Implementación de proyectos comunes y específicos según competencias constitucionales y legales.
Estas son algunas de las acciones más importantes que ordena el Consejo de Estado:
- Ampliación de la actual PTAR Salitre, en caudal y capacidad de tratamiento
- Construcción de la PTAR Canoas, segunda planta de tratamiento, así como la construcción de la estación elevadora para la generación de energía.
- Construcción cofinanciada de dos (2) parques ecoeficientes industriales para las curtiembres de Villapinzón y Chocontá, y las curtiembres de San Benito
- Diseño de Ingeniería Básica del Interceptor Tunjuelo-Canoas
- Crear un Consejo Estratégico, con representantes de todas las autoridades involucradas con el río, para que asuma el cumplimiento de la sentencia mientras se tramita un proyecto de ley para crear la gerencia que liderará el programa de salvamento
- Terminar programa de readecuación hidráulica del río que viene ejecutando la Corporación Autónoma Regional (CAR).
- Viabilizar recursos y predios para planta de Canoas para el tratamiento de las aguas residuales de Bogotá.
- Identificar y priorizar las áreas degradadas o potrerizadas que necesitan reforestación urgente y de inmediato.
- Operativos inmediatos de la Policía Ambiental para prevenir actividades en contra de la conservación del Salto de Tequendama.
- Adelantar procesos administrativos para revocar o suspender licencias, títulos, permisos, autorizaciones o concesiones para uso y aprovechamiento de recursos en zonas excluidas de la explotación.
- Identificar, inventariar y delimitar humedales y zonas de amortiguación de crecientes.
- Adoptar medidas para restablecer su estructura y función como ecosistemas, aprovechamiento y uso sostenible
- Presentar un proyecto de ley para crear una gerencia del río Bogotá
Soacha debe adoptar medidas de reforestación de zonas aledañas al Salto de Tequendama. - Realizar un inventario de pasivos ambientales para adelantar procesos administrativos y judiciales.
- Cambiar parámetros de instrumentos económicos (tasas retributivas, compensatorias y de utilización de aguas) para desincentivar contaminación hídrica
- Delimitar geográficamente zonas excluidas de la minería donde no se podrá explotar ni hacer obras
- Exigir indemnización, restauración y sustitución morfológica de todo el suelo intervenido en la explotación de recursos.
- Elaborar plan de recuperación y restauración de manejo de ríos y quebradas de la cuenta, incluirlo en planes de desarrollo con recursos.
Reconocer salto de Tequendama como patrimonio natural de Colombia.
Para que la CAR garantice caudal mínimo especialmente en el Salto de Tequendama.